El Tribunal Constitucional levanta la suspensión del catálogo de medicamentos de Galicia y destaca el ahorro en “el contexto de crisis”

E.P./Redacción

Alega que la suspensión sólo se puede mantener cuando existan “perjuicios ciertos, efectivos e irreparables”

En cuanto a la libertad de prescripción, el tribunal señala que ésta “no es absoluta sino que está, en el Sistema Nacional de Salud, limitada por una previa decisión administrativa en torno a los medicamentos financiables en su seno, debiendo, en un sistema sostenido con fondos públicos, ajustarse a las normas reguladoras de la concreta prestación de que se trate”

Texto íntegro de los autos 822-2011 y 823-2011

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