El Tribunal Constitucional levanta la suspensión del catálogo de medicamentos de Galicia y destaca el ahorro en “el contexto de crisis”
E.P./Redacción
Alega que la suspensión sólo se puede mantener cuando existan “perjuicios ciertos, efectivos e irreparables”
En cuanto a la libertad de prescripción, el tribunal señala que ésta “no es absoluta sino que está, en el Sistema Nacional de Salud, limitada por una previa decisión administrativa en torno a los medicamentos financiables en su seno, debiendo, en un sistema sostenido con fondos públicos, ajustarse a las normas reguladoras de la concreta prestación de que se trate”
Texto íntegro de los autos 822-2011 y 823-2011