El 5 de julio de 2022 la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria, firmaron un convenio por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, para la realización de actividades de apoyo al Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos.
El convenio publicado en el Boletín Oficial del Estado número 196 el 16 de agosto de 2022 fue firmado por la directora de la Aemps, María Jesús Lamas, y por el presidente de Sefap, José Manuel Paredero.
El objetivo del mismo es promover la mejora del conocimiento sobre el uso de los antimicrobianos en el ámbito de la Atención Primaria y establecer y validar indicadores de consumo de antibióticos antimicrobianos en Atención Primaria.
Ambas organizaciones han adquirido con ello una serie de compromisos:
Compromisos de la SEFAP.
1. Promover la mejora del conocimiento sobre el uso de los antimicrobianos en el ámbito de la Atención Primaria a través de las siguientes actividades: – Colaborar en actividades formativas sobre el uso adecuado de antibióticos y Programas de Optimización del Uso de Antibióticos (PROA).
2. Establecer y validar indicadores de consumo de antibióticos antimicrobianos en Atención Primaria.
3. Colaborar en el análisis de la evolución y variabilidad de la prescripción de antimicrobianos.
4. Colaborar en la elaboración de guías de práctica clínica en materia de terapéutica antimicrobiana. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 196 Martes 16 de agosto de 2022 Sec. III. Pág. 118976 cve: BOE-A-2022-13841 Verificable en https://www.boe.es
5. Colaborar en la elaboración de materiales de información dirigidos a la población sobre el uso adecuado de los antimicrobianos.
6. Definir el papel del Farmacéutico de Atención Primaria en los Programas de Optimización de Antimicrobianos (PROA).
7. Realizar estudios de investigación sobre el uso de los antimicrobianos en la práctica clínica real. Tercera.
Compromisos de la AEMPS.
1. Establecer las medidas oportunas tendentes a la gestión para la consecución del objeto del presente convenio, incluyendo la formación e información necesarias.
2. Será informada de los trabajos recogidos en la estipulación segunda.
3. Se reserva la facultad de requerir, a la SEFAP, cuanta documentación se estime precisa para poder constatar la correcta ejecución del convenio y para poder proceder a la realización del pago del mismo.